Accionariado

El accionariado de la Sociedad está compuesto por un 20 %, titularidad de SEPI y un 80 % restante que es de cotización libre (free-float). El capital social de la compañía es de 270.540.000 euros, que se encuentra representado por 541.080.000 acciones al portador, totalmente suscritas y desembolsadas, con un valor nominal de 0,50 euros.

Las acciones se encuentran admitidas a cotización en las cuatro Bolsas españolas desde el 7 de julio de 1999, tras el proceso de Oferta Pública de Venta de Acciones llevado a cabo. Todas las acciones corresponden a una misma clase y serie y confieren los mismos derechos a sus titulares.

 

Resumen del accionariado de la sociedad a 31/dic/2022
Participaciones (31/12/2022)
Free float 80%
SEPI 20%
Estructura de la propiedad a 31/12/2022
Estructura de la propiedad (31/12/2022)
*SEPI 20%
Institucional 64,5%
Minorista 10,5%
Pontegadea 5%

*Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.

Límites accionariales

La entrada en vigor de la Ley 17/2007, de 4 de julio, introdujo una serie de limitaciones legales a la participación y a los derechos políticos aplicables al accionariado de la compañía.

La finalidad de estas limitaciones es la de garantizar la independencia de la Sociedad frente a las restantes actividades y agentes del sector eléctrico dado que las actividades desarrolladas por RED ELÉCTRICA -el transporte de energía eléctrica y la operación del sistema eléctrico- son consideradas por el legislador como un servicio esencial.

En este sentido, se establecieron los siguientes límites:

  • Podrá participar en el capital de la Sociedad cualquier persona física o jurídica, siempre que la suma de su participación directa o indirecta no supere el 5 % del capital social ni ejerza derechos políticos por encima del 3 %. Estas acciones no podrán sindicarse a ningún efecto.
  • Aquellos sujetos que realicen actividades en el sector eléctrico y aquellas personas físicas o jurídicas que, directa o indirectamente, participen en el capital de dichos sujetos con una cuota superior al 5 %, no podrán ejercer derechos políticos en la Sociedad por encima del 1 %, sin perjuicio de las limitaciones establecidas en el apartado 2 del artículo 34 Ley del Sector Eléctrico para generadores y comercializadores.
  • Se mantiene el régimen especial para la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), que deberá disponer, en todo caso, de una participación no inferior al diez por ciento (10 %) del capital social.

Participaciones significativas

Las participaciones accionariales al cierre del último ejercicio están desarrolladas en nuestro Informe de Gobierno Corporativo, concretamente en el apartado A "Estructura de la propiedad".

Las variaciones posteriores son comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y pueden ser consultadas en su página web en la sección de Red Eléctrica en la CNMV mediante la selección del enlace "Participaciones significativas y Autocartera".

Las participaciones de los  miembros del Consejo de Administración de la sociedad están disponibles en la sección Gobierno corporativo > Consejo de Administración > Participaciones del Consejo.

Autocartera

La autocartera al cierre del último ejercicio está desarrollada en el Informe de Gobierno Corporativo, concretamente en el apartado A "Estructura de la propiedad".

Las variaciones posteriores son comunicadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y pueden ser consultadas en su página web en la sección de Red Eléctrica en la CNMV mediante la selección del enlace "Participaciones significativas y Autocartera".

Red Eléctrica Corporación, S.A. - Número de derechos de voto: 135.270.000
RED ELECTRICA CORPORACION, S.A. - Número de derechos de voto: 541.080.000

Fecha de inscripción en el Registro Mercantil: 27/05/2016

Fecha de publicación en la pagina web CNMV: 14/07/2016

% Directo % Indirecto % Total Fecha Registro Entrada CNMV
0,335 0,000 0,335 05/02/2020

Pactos parasociales

A la fecha de cierre del ejercicio, no existe constancia en la Compañía de acuerdos o convenios entre accionistas mediante los cuales se obligue a un ejercicio concertado de derechos de voto, o a una política común en la gestión social o que tengan por objeto influir de manera relevante en la Sociedad. (Informe de Gobierno Corporativo, apartado A "Estructura de la propiedad").